BGF es

Subsidiarias - Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico

  Logo de la Autoridad para el financiamiento de la vivienda de Puerto Rico
Oficina-Hato Rey
Calle Arterial Hostos 235 • Edificio Capital Center
Torre Norte, Oficina 1201 • Hato Rey, PR 00918
Teléfono (787) 765-7577 • Facsímil (787) 754-1440
Oficina-Río Piedras
Ave. Barbosa 606 • Edif. Juan C. Cordero
Río Piedras, PR 00919-0345
Teléfono (787) 765-7577 • Facsímil (787) 764-8680
PO Box 71361 • San Juan, PR • 00936-8461

Contactos

En el 2001, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico estableció como prioridad la necesidad de reestructurar las agencias que ofrecen financiamiento para vivienda en Puerto Rico y, en particular, de consolidarlas funciones de financiamiento directo y acceso a los mercados secundarios. Esta consolidación se logró a través de la Ley Núm. 103 de 11 de agosto de 2001, según enmendada. La Ley decretó la disolución del Banco y Agencia para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico (BV), así como la transferencia de todos sus poderes, facultades y obligaciones a la Corporación para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico. Esta última, a su vez, cambió su nombre a Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico (AFVPR) y continúa operando como una subsidiaria del Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico.

Al consolidar la función de financiamiento, la Ley Núm. 103 fortaleció la imagen de la entidad, obteniendo así una mayor influencia en la negociación de acuerdos financieros con el gobierno federal y con el sector privado. Esta Ley creó una institución financiera que se rige por la política pública de vivienda que establece el Departamento de la Vivienda y estructura mecanismos de financiamiento para proyectos de vivienda sin afectar el capital del Banco Gubernamental de Fomento, agente fiscal del Estado Libre Asociado). Además, estableció un “One Stop Center” para desarrolladores de viviendas y banqueros hipotecarios.

ANUNCIOS IMPORTANTES:

 Regresar >

Metas Estratégicas

  • Uno de los enfoques principales de la Autoridad es la vinculación entre la vivienda y la justicia social. Consciente de que existe una demanda mayor que la oferta, el gobierno se ha propuesto construir y rehabilitar 50,000 unidades de vivienda para familias de ingresos bajos y moderados en un plazo de cuatro años.
  • La rehabilitación de centros urbanos es otro esfuerzo prioritario para la Autoridad ya que fomentará la repoblación de los centros urbanos con proyectos de viviendas, áreas comunes, parques y espacios recreativos.
  • Desarrollar nuevos mecanismos de financiamiento para aumentar la oferta de viviendas.

 Regresar >

Programas de la Autoridad

Subsidio para Viviendas de Interés Social - Ley 124

Mediante la aprobación de la Ley Núm. 124 del 10 de diciembre de 1993, según enmendada, se creó un programa de subsidio para viviendas de interés social.

  • El Departamento de la Vivienda de Puerto Rico aprueba el reglamento.
  • La AFVPR administra el Programa y así contribuye a alcanzar las metas.
  • El subsidio se aplica a proyectos de nueva construcción o rehabilitados por desarrolladores privados.
  • La AFVPR le otorga el subsidio directamente a los compradores elegibles, hasta un máximo del 2% del precio de venta para aplicarlo al pronto y subsidio para los pagos mensuales dependiendo del ingreso o de la composición familiar.
  • El financiamiento lo brinda la banca privada.
  • El precio de venta de las viviendas fluctúa entre $70,000 y $85,000
  • Se contrató a un planificador y un ingeniero.
  • La AFVPR realiza pre-evaluaciones para proyectos que interesan participar bajo este programa.
  • La AFVPR da seguimiento a los proyectos en consulta de ubicación en la Junta de Planificación.
  • La AFVPR fomenta la agilización, uniformidad y concordancia de los permisos de las agencias.

 Regresar >

Programa Nuevo Hogar Seguro

  • La Ley Núm. 92 de 4 de agosto de 2001, designó a la Autoridad como la instrumentalidad gubernamental encargada de conceder la asistencia requerida bajo el auspicio de este programa, anteriormente administrado por la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura de Puerto Rico (AFI).
  • Reubicación de residentes que viven en áreas anegadizas o propensas a deslizamiento mediante consolidación de fondos, usando recursos federales y estatales.
  • Acuerdos con la banca privada para cualificar a posibles residentes.
  • Identificar nuevos solares para desarrollos de vivienda.
  • Reducción del costo de construcción en los proyectos
  • Logramos mantener el programa cumpliendo con el tiempo requerido por FEMA para cualificar a los posibles residentes.

 Regresar >

Sección 42 del Código de Rentas Internas Federal:

  • Brinda financiamiento mediante la venta de créditos contributivos a inversionistas de Estados Unidos.
  • El producto de esta venta contribuye a crear o preservar unidades de vivienda de renta.
  • El Programa de Créditos Contributivos Federal recibe anualmente cerca de $8.2 millones lo que genera una inversión de aproximadamente $67.7 millones en la economía de Puerto Rico.

 Regresar >

Créditos Contributivos Estatales (Ley Núm. 140 de 4 de octubre de 2001)

  • Crédito contributivo por la inversión en la nueva construcción o rehabilitación sustancial de unidades de vivienda a ser alquiladas a familias de ingresos bajos.
    • De esta manera aumentamos el inventario de viviendas de interés social disponibles en el país.
    • Se garantiza un precio de alquiler que esté al alcance de nuestras familias de menores recursos económicos.
    • Este crédito proveerá unas herramientas para estimular la rehabilitación sustancial de facilidades y estructuras existentes que ayuden a renovar y repoblar los centros urbanos de nuestros pueblos.
  • El programa de créditos contributivos locales contará con un fondo de $15 millones. Este es un programa de nueva creación bajo el Área de Desarrollo y Financiamiento.

 Regresar >

Programa la Llave para tu Hogar

  • Creado por la Ley Núm. 4 de 29 de marzo de 2001.
  • Ofrece una nueva oportunidad a nuestras familias y personas de ingresos bajos o moderados de comprar una vivienda.
  • La familia elegible recibe una asignación de entre $3,000.00 y $15,000.00 para aplicarlos al pronto pago.
  • Este programa puede utilizarse individualmente o en circunstancias especiales en conjunto con otros programas.
  • El solicitante no puede ser dueño de una propiedad susceptible a ser utilizada como vivienda a la fecha en que solicita el beneficio.

 Regresar >

Préstamos Interinos para Construcción

  • La AFVPR ofrece financiamiento de construcción para proyectos de viviendas para la venta cuyo precio promedio por unidad no exceda $75,000.00.
  • La Autoridad cobrará una comisión por el financiamiento interino hasta el 1.5% del máximo del préstamo aprobado.
  • La comisión varía de acuerdo al tipo de proyecto (si es de nueva construcción o rehabilitación), el precio de venta de las unidades, el por ciento de ganancia del desarrollador, si el proyecto cuenta con seguro hipotecario FHA, y si la Autoridad va a proveer subsidio a las familias.
  • Se proveerá financiamiento hasta un máximo del 90% del costo total de desarrollo o el 80% de la totalidad de las ventas, lo que sea menor. La cantidad a financiar no excederá el 90% del “loan to value”del proyecto.

 Regresar >

Préstamos Directos

  • Préstamos hipotecarios para construcción, mejoras, adquisición de solar y construcción y para refinanciamiento sin sobrante con el propósito de reducir la tasa de interés del préstamo vigente.
  • La Autoridad concede préstamos de hasta un máximo de $90,000 al 6.5% de interés anual.
  • Los solicitantes pueden tener un ingreso anual bruto de hasta $45,000.
  • Los gastos de cierre son subsidiados parcialmente si tiene el beneficio de La Llave para tu Hogar.

 Regresar >

Fideicomiso para Primeros Compradores (5.4%)

  • A través de una emisión de bonos exentos se crea un fondo para el financiamiento de préstamos hipotecarios para primeros compradores.
  • En agosto de 2001 la Autoridad realizó su más reciente emisión de bonos exentos.
    Esta emisión produjo fondos ascendentes a $77 millones para préstamos hipotecarios de 30 años con una tasa de interés de 5.4 %, garantizados por la FHA y $25 millones en una nota a corto plazo. De estos fondos ya los $77 millones han sido utilizados.

 Regresar >

Administración de Vivienda Subsidiada

La Autoridad es la agencia de vivienda en Puerto Rico encargada de reubicar las familias que residen en proyectos de Sección 8 cuyos dueños han optado por descontinuar su participación en el Programa. A estas familias se les provee un Vale de Vivienda de Sección 8 para que localicen viviendas de alquiler en el mercado privado que cumplan con los estándares federales de una vivienda segura.

Los Vales de Vivienda que no se asignan a residentes del Programa de Sección 8 porque las familias no cualifican, se utilizan para atender otras familias necesitadas en Puerto Rico. Esto ha permitido que se aumente el número de Vales de Sección 8 en 1,138 unidades y que podamos atender no sólo las familias desalojadas de estos proyectos sino también otras familias con necesidad de vivienda en la Isla.

A marzo de 2004, la Autoridad administra cerca de 2,280 unidades bajo los programas de Sección 8, Vales de Vivienda y Rehabilitación Moderada para atender las necesidades de vivienda de las familias en Puerto Rico.

 Regresar >

Administración de Contratos de Subsidio

La Autoridad fue seleccionada por el Departamento de la Vivienda Federal (HUD) para administrar los contratos de subsidio de todos los proyectos de Sección 8 en Puerto Rico. A través de este programa, se supervisa la administración de los proyectos para asegurar la calidad de vida de sus residentes y el uso adecuado de los fondos federales.

Además, la Autoridad es responsable de hacer los pagos de subsidio a los dueños de los proyectos, renovar los contratos de subsidio de los proyectos, aprobar y procesar los aumentos de renta, asegurar que se corrigen las deficiencias encontradas en las inspecciones físicas y hacerles auditorías administrativas anualmente.

 Regresar >

Préstamos para Vivienda Multifamiliar de Alquiler

La Autoridad provee financiamiento interino y permanente para proyectos de vivienda de alquiler.

 Regresar >

Proyecto de Revitalización de Santurce

El gobierno de Puerto Rico promueve la reconstrucción de los centros urbanos mediante el establecimiento de una política pública dirigida a repoblar y revitalizar los centros urbanos con proyectos de vivienda. Además, se promueve la expropiación de estructuras y terrenos abandonados para dedicarlos a la construcción de proyectos de vivienda. El Proyecto de Revitalización de Santurce es una iniciativa dirigida a propiciar la rehabilitación urbana del Municipio de San Juan. El proyecto estableció las bases del nuevo enfoque de redesarrollo en San Juan. Santurce ha sido impactado con proyectos de mejoras a calles, aceras, iluminación, soterrado de líneas eléctricas, siembra y el programa de incentivos económicos a comerciantes. Las mejoras se han concentrado principalmente a lo largo de la Avenida Ponce de León y actualmente promueven una mejor calidad de vida en la zona. Hoy, los trabajos para la revitalización de Santurce continúan mediante un esfuerzo de colaboración entre el Departamento de la Vivienda, la Administración de Terrenos, la Autoridad de Energía Eléctrica, el Departamento de Transportación y Obras Públicas y la AFVPR.

Para estos trabajos, contratamos los servicios de dos arquitectos, un contador y una secretaria. Este grupo, bajo la supervisión del Director Ejecutivo, trabaja directamente en la adquisición de parcelas para desarrollo, procesos de subasta, evaluación de propuestas y seguimiento a desarrolladores. Se trabaja directamente con desarrolladores, la banca y el público en general.

 Regresar >

 

BGF © 2004. Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico. Derechos reservados
Aviso Legal. Esta página es parte de www.gobierno.pr. Última actualización - 14 de marzo de 2008. Envíe sus comentarios.